1. Presunción estatal de autoría y fecha cierta

Registrando tu obra, el Estado presume que vos sos el autor y establecen una fecha cierta de creación, algo muy valioso ante posibles disputas. Esto te da un respaldo legal fuerte frente a terceros.

2. Prueba ante posibles plagios o usurpaciones

El archivo digital depositado puede ser utilizado como elemento de comparación frente a la Justicia para demostrar plagio o uso no autorizado, refuerza tu posición en caso de litigio.

3. Seguridad jurídica y protección efectiva

Una obra registrada brinda seguridad legal sólida: tenés respaldo probatorio sobre la autoría, el contenido y la fecha de creación. También sirve para demostrar tu buena fe ante terceros.


4. Facilita negocios e incluso garantías

El registro sirve para inscribir contratos (como cesión de derechos, franquicias o fideicomisos) ante la DNDA, lo que puede permitir que tu creación funcione como garantía legal en negocios económicos o transacciones financieras.

5. Habilita a ejercer tus derechos

Al registrar la obra, te facultás para:

  • Publicarla, reproducirla, traducirla, adaptarla, etc.

  • Autorizar a terceros o enajenar esos derechos.
    Todo esto está respaldado por la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual.


¿Por qué tengo que registrar mis obras?