El registro es valido por 10 años, contados desde la fecha de concesión del registro.

Renovación:

  • Podés renovarla indefinidamente, cada 10 años.

  • Debés iniciar el trámite de renovación dentro de los 6 meses previos al vencimiento.

  • Hay un período de gracia de 6 meses posteriores al vencimiento para renovarla, pero con recargo.